La ATM como autoridad territorial de la movilidad  
  La Ley de la Movilidad (Ley 9/2003, de 13 de junio) tiene por objeto establecer los principios y los objetivos a los que ha de responder una gestión de la movilidad de las personas y del transporte de mercancías dirigida a la sostenibilidad y a la seguridad, conformando a los consorcios de transporte público como autoritades territoriales de la movilidad.

Corresponde a la ATM, en su función de autoridad territorial de la movilidad en la región metropolitana de Barcelona, las funciones principales siguientes:


 
 
  •  La elaboración, tramitación y evaluación del Plan Director de Movilidad.
  •  La emisión de informes respecto de los planes de movilidad urbana, de los planes de servicios y de los estudios de evaluación de la movilidad generada.
  •   El fomento de la cultura de la movilidad sostenible entre los ciudadanos.

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  Dentro de este ámbito, se elaboran diversas publicaciones.